Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Promoción Interna

Fases de la Oposición para el Cuerpo Especial de Prisiones

 

Las fases de la oposición del Cuerpo Especial son:


1. Fase de oposición.-La fase de oposición, constará de dos ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio:

a) Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias:
Consistirá en contestar por escrito a 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas puntuarán negativamente.
Las preguntas versarán sobre la parte segunda del temario, siendo el tiempo de duración de este ejercicio de una hora y treinta minutos.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 50 puntos. Los aspirantes deberán obtener la calificación de 25 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio:
a) Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias:
El aspirante deberá elegir entre desarrollar por escrito un tema de los dos sacados a suerte o, alternativamente, resolver un supuesto práctico que expondrá una serie de hechos, y que constará de 10 preguntas. Tema y supuesto práctico versarán sobre las materias del programa contenidas en la parte segunda del temario.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre, que será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del Tribunal Calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y en la fecha que se señale ante el Tribunal, que en este acto podrá realizar al aspirante cuantas preguntas considere necesarias.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 50 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
El número de aprobados en esta fase podrá ser superior al de plazas convocadas.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
2. Fase de concurso.-En esta fase sólo se valorarán los méritos a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán, los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/84, de 2 de agosto (artículo 1.1), así como el grado personal consolidado en la fecha de publicación de esta convocatoria, el trabajo desarrollado, según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo titular en la fecha de publicación de esta convocatoria, el ámbito funcional en que preste servicios el funcionario, y la puntuación obtenida en la fase de oposición de la convocatoria anterior.
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del grupo C, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 1,00 puntos, hasta un máximo de 25 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, en la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 18 puntos:
Grados 14-15 y 16: 12 puntos.
Grados 17-18: 14 puntos.
Grados 19-20: 16 puntos.
Grados 21 y siguientes: 18 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo titular que se ocupa el día de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 14 puntos:
Niveles 14-15: 10 puntos.
Niveles 16-17: 11 puntos.
Niveles 18-19: 12 puntos.
Niveles 20-21: 13 puntos.
Nivel 22: 14 puntos.
d) Ámbito funcional: Por estar destinado, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, en puestos de trabajo del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, 10 puntos.
e) Títulos: Por estar en posesión de la Licenciatura en Derecho, Psicología, Pedagogía, o Sociología, 1,00 puntos por cada una de ellas, hasta un máximo de 2,00 puntos.
f) Por tener superada la fase de oposición en la anterior convocatoria de promoción interna para acceso a este Cuerpo, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 2 puntos:
Por haber obtenido una puntuación entre 50 y 75 puntos: 1 punto.
Por haber obtenido una puntuación entre 76 y 100 puntos: 2 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V de esta convocatoria y deberá ser cumplimentada por el Jefe de la Unidad donde esté prestando servicios el funcionario.
Finalizadas la fase de oposición y concurso, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad.
4. Mayor puntuación obtenida en el apartado del grado personal.
3. Periodo de prácticas.-El período de prácticas se regulará por Resolución de la Directora General de Instituciones Penitenciarias y tendrá una duración inferior a tres meses. Los funcionarios deberán solicitar un permiso para la realización de las mismas y una vez finalizadas se incorporarán a los puestos de trabajo del cuerpo de procedencia, hasta la fecha de su nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias en el Boletín Oficial del Estado.
El periodo de prácticas, será calificado de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la calificación de «apto» para poder superar todo el proceso selectivo.
Las sesiones formativas programadas serán de carácter obligatorio, y para obtener la calificación de apto deberá completar al menos el 80 % de las horas lectivas programadas.
En la Resolución de la Directora General de Instituciones Penitenciarias que regule esta fase, se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación, así como el programa y las materias objeto de evaluación.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas